La Unión Europea está asistiendo a la construcción, no sin dificultades, de un Espacio Judicial Europeo. Varias decisiones-marco y varias directivas, así como la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, jalonan la interpretación y aplicación interna, que debe ser realizada en torno a las garantías del debido proceso, nuestra tutela judicial efectiva, reconocida en el artículo. 24 de la Constitución.
Ratificado el Convenio Europeo de Derechos Humanos, del ámbito del Consejo de Europa, el artículo 24 fue interpretado en conexión con el artículo 6 del mencionado Convenio como estándar mínimo, interpretado éste por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Una ingente jurisprudencia de este último sirvió de inspiración a nuestro Tribunal Constitucional y al Tribunal Supremo, así como al resto de juzgados y tribunales, en la interpretación de las garantías procesales.
El mismo Tratado de la Unión ha considerado que los derechos del Convenio Europeo de Derechos Humanos forman parte del Derecho de la Unión como principios generales (artículo 6.3 TUE). De este modo, el derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en nuestra Constitución, encuentra su equivalente en el derecho al debido proceso del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y, también, en los artículos 47 a 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, relativos al derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, la presunción de inocencia y derechos de la defensa, los principios de legalidad y de proporcionalidad de los delitos y las penas y el derecho a no ser juzgado o condenado penalmente dos veces por la misma infracción.
Con ello, se ha formado un verdadero Sistema Europeo de Derechos Fundamentales, formado por la conjunción de tres ordenamientos: el nacional, el de la Unión Europea y el del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Esta obra, resultado de la conjunción del esfuerzo de diferentes especialistas en la materia bajo la coordinación de Teresa Freixes, permite al lector adentrarse en este apasionante sistema y en sus engranajes esenciales, como la orden europea de detención y entrega, llamada también euroorden, el exhorto europeo de obtención de pruebas, el embargo preventivo de bienes y aseguramiento de pruebas, las resoluciones de decomiso, el intercambio de información sobre registro de penados/condenas, o sistema ECRIS (Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales), el reconocimiento mutuo de medidas de protección y el reconocimiento mutuo de sanciones pecuniarias.
El derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en nuestra Constitución, encuentra su equivalente en el derecho al debido proceso del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y, también, en los artículos 47 a 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, relativos al derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, la presunción de inocencia y derechos de la defensa, los principios de legalidad y de proporcionalidad de los delitos y las penas y el derecho a no ser juzgado o condenado penalmente dos veces por la misma infracción. Con ello, se ha formado un verdadero Sistema Europeo de Derechos Fundamentales, formado por la conjunción de tres ordenamientos: el nacional, el de la Unión Europea y el del Convenio Europeo de Derechos Humanos
El proceso de formación del espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea: la lucha contra la delincuencia, cooperación policial y judicial y garantías del debido proceso en el ámbito penal
págs. 21-70
págs. 71-120
págs. 121-148
El derecho a la información en el proceso penal: la directiva 2012/13/UE y su trasposición en el ordenamiento español
págs. 149-178
El derecho a interpretación y a traducción en el proceso penal: una garantía multinivel en la Unión Europea
págs. 179-216
págs. 217-260
La garanzia costituzionale del giusto processo nella cultura giuridica italiana: sinergie con la Convenzione Europea per la salvaguardia dei diritti dell'uomo e delle libertà fondamentali
págs. 261-298
Berchuldigtenrechteim strafverfahren: implikationen des eu rechts für die deutsche rechtsordnung
págs. 299-314
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