El teletrabajo constituía algo marginal en España hasta la crisis de la COVID-19. Este hecho podía estar motivado por la tradicional cultura empresarial española "presencialista", aunque también por otros factores como la incertidumbre reguladora que envolvía al teletrabajo. Con la crisis sanitaria el teletrabajo se ha multiplicado exponencialmente y no parece dispuesto a abandonarnos. El último cambio producido en la era digital ha venido propiciado por la aparición de las plataformas digitales, como expresión última de la descentralización productiva. En definitiva, nos encontramos ante un cambio de gran calado en el modo de prestar los servicios laborales que está llamado a representar un elevado porcentaje de teletrabajadores en el medio plazo. El Gobierno Español ha reaccionado ante este fenómeno falto de regulación mediante la aprobación del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de Septiembre, de trabajo a distancia. No obstante, como se analizará a lo largo de este libro, se plantean algunas dudas acerca de esta nueva regulación que, además, no resuelve todos los problemas
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El teletrabajo y el Derecho Internacional Privado: el régimen particular del teletrabajo transnacional
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