La Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil, colma una importante laguna en el Derecho español, inexplicable, tras el mandato al respecto de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. La obra realiza un análisis normativo, artículo por artículo, riguroso, completo y práctico, de todas las materias incluidas en la ley. Para ello, bajo la dirección de Ana Fernández-Tresguerres, notaria de Madrid y experta del Ministerio de Justicia en Derecho Internacional, se han reunido los principales especialistas en la materia (magistrados, profesores, altos funcionarios, abogados, notarios y registradores) que analizan la Ley desde todas las perspectivas. La Ley 29/2015 se proyecta sobre las relaciones comerciales; familiares y personales; litigiosas o extrajudiciales, que presenten un elemento internacional. Cabe destacar su carácter general, básico y subsidiario, respecto al Derecho europeo y convencional. El legislador traza un concepto expansivo de la cooperación jurídica internacional y así regula el reconocimiento o ejecución de resoluciones judiciales. Sin embargo, la norma no pretende ser una ley general del Derecho internacional privado español. Por esta razón, no aborda aspectos de selección de la ley aplicable; ni conceptos generales y precisos para la aplicación del Derecho extranjero o el Derecho interregional. Tampoco incluye reglas sobre competencia jurisdiccional internacional. Completa su articulado, entre otras disposiciones, con la implementación de los Reglamentos (UE) 1315/2012, Bruselas I Recast y (UE) 650/2012, sobre sucesiones internacionales.
págs. 35-48
págs. 48-54
págs. 55-57
págs. 57-58
págs. 58-61
págs. 61-72
págs. 72-76
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págs. 79-83
págs. 84-86
págs. 86-108
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 5: Ámbito de aplicación
págs. 108-111
págs. 111-112
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 7: Autoridad central española
págs. 112-114
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 8: Funciones de la autoridad central española
págs. 114-119
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 9: Transmisión de las solicitudes
Ana Fernández-Tresguerres García, Francisco Javier Forcada Miranda, Paula Monge Royo, Marcos Rodríguez Cantero
págs. 119-124
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 10: Contenido y requisitos mínimos de las solicitudes de cooperación
págs. 124-129
págs. 129-132
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 12: Tramitación
págs. 132-135
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 13: Procedimiento de ejecución
págs. 135-146
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 14: Motivos de denegación
págs. 146-161
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 15: Ejecución por funcionarios diplomáticos y consulares españoles de diligencias procesales
págs. 162-163
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 16: Desplazamiento al extranjero de jueces, magistrados, fiscales, secretarios judicialoes y funcionarios al servicio de la Administración de Justicia y de otro personal
págs. 163-164
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 17: Medios técnicos y electrónicos
págs. 164-165
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 18: Gastos, costas y asistencia jurídica gratuita
págs. 165-176
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 19: Normativa general en materia de pretección de datos
págs. 176-185
Capítulo II. De los actos de notificación y traslado de documentos judiciales. Artículo 20: Ámbito de aplicación
págs. 185-189
Capítulo II. De los actos de notificación y traslado de documentos judiciales. Artículo 21: Medios de comunicación, notificación y traslado al extranjero
págs. 189-193
Capítulo II. De los actos de notificación y traslado de documentos judiciales. Artículo 22: Medios de comunicación, notificación y traslado en España
págs. 193-193
Capítulo II. De los actos de notificación y traslado de documentos judiciales. Artículo 23: Fecha de notificación o traslado
págs. 193-194
Capítulo II. De los actos de notificación y traslado de documentos judiciales. Artículo 24: Incomparecencia del demandado
págs. 194-195
págs. 195-199
Capítulo II. De los actos de notificación y traslado de documentos judiciales. Artículo 26: Certificado
págs. 199-200
Capítulo II. De los actos de notificación y traslado de documentos judiciales. Artículo 27: Emplazamientos y comunicaciones judiciales dirigidos a Estados extranjeros
págs. 200-201
Capítulo III. De los actos de notificación y traslado de documentos extrajudiciales. Artículo 28: Documentos extrajudiciales
págs. 201-232
Capítulo IV. De la práctica y obtención de pruebas. Artículo 29: Ámbito de aplicación
págs. 232-248
Capítulo IV. De la práctica y obtención de pruebas. Artículo 30: Contenido de la solicitud
págs. 248-258
Capítulo IV. De la práctica y obtención de pruebas. Artículo 31: Descripción de las diligencias de obtención de prueba
págs. 258-267
Capítulo IV. De la práctica y obtención de pruebas. Artículo 32: Práctica en España de la prueba solicitada por una autoridad extranjera
págs. 267-276
págs. 276-298
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 37: Concepto de pendencia
págs. 326-329
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 38: Procedimiento
págs. 330-331
Capítulo II. De la litispendencia internacional. Artículo 39: litispendencia internacional
págs. 331-345
Capítulo III. De las demandas conexas. Artículo 40: Demandas conexas
págs. 345-359
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 41: Ámbito de aplicación
págs. 359-373
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 42: Procedimiento de exequátur
págs. 373-376
Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 43: Definiciones
págs. 376-383
Capítulo II. Del reconocimiento. Artículo 44: Reconocimiento
págs. 384-387
Capítulo II. Del reconocimiento. Artículo 45: Resoluciones extranjeras susceptibles de modificación
págs. 387-392
Capítulo II. Del reconocimiento. Artículo 46: Causas de denegación del reconocimiento
págs. 392-434
Capítulo II. Del reconocimiento. Artículo 47: Acciones colectivas
págs. 434-436
Capítulo II. Del reconocimiento. Artículo 48: Prohibición de revisión del fondo
págs. 436-439
Capítulo II. Del reconocimiento. Artículo 49: Reconocimiento parcial
págs. 440-440
págs. 441-449
Capítulo III. De la ejecución. Artículo 51: Ejecución de transacciones judiciales
págs. 449-454
Capítulo III. De la ejecución. Artículo 52: Competencia
págs. 454-458
Capítulo III. De la ejecución. Artículo 53: Asistencia jurídica gratuita
págs. 458-458
págs. 458-472
págs. 472-474
Capítulo V. De los documentos públicos extranjeros. Artículo 56: Ejecución de documentos públicos extranjeros
págs. 474-493
Capítulo V. De los documentos públicos extranjeros. Artículo 57: Adecuación de instituciones jurídicas extranjeras
págs. 493-501
Capítulo VI. De la inscripción en registros públicos. Artículo 58: Disposiciones generales
págs. 501-505
Capítulo VI. De la inscripción en registros públicos. Artículo 59: Inscripción de resoluciones judiciales extranjeras
págs. 505-546
Capítulo VI. De la inscripción en registros públicos. Artículo 60: Inscripción de documentos públicos extranjeros
págs. 546-562
págs. 562-603
Disposición adicional primera: Normas especiales en materia de cooperación jurídica internacional en materia civil y mercantil
págs. 603-619
Disposición adicional segunda: Formularios normalizados
págs. 619-620
Disposición adicional tercera: Previsión de costes
págs. 620-620
Disposición transitoria única: Régimen aplicable a los procesos en tramitación
págs. 620-623
Disposición derogatoria única: Derogación de normas
págs. 623-625
Disposición final primera: Modificación de la Ley Hipotecaria
págs. 625-686
Disposición final segunda: Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Ana Fernández-Tresguerres García, Federico Francisco Garau Sobrino, José María Gómez-Riesco Tabernero de Paz, Juan Gómez-Riesco Tabernero de Paz
págs. 686-707
Disposición final vigésima sexta: Medidas para facilitar la aplicación en España del Reglamento (UE) núm. 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012
Ana Fernández-Tresguerres García, José María Gómez-Riesco Tabernero de Paz, Juan Gómez-Riesco Tabernero de Paz
págs. 708-773
Disposición final tercera: Modificación de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles
págs. 773-793
Disposición final cuarta: Modificación de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado
págs. 793-795
Disposición final quinta: Título competencial
págs. 795-800
Disposición final sexta: Entrada en vigor
págs. 800-802
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