En el siglo XXI las relaciones entre padres e hijos presentan en la práctica forense dos puntos de inflexión: Por un lado, la ruptura de la convivencia de los padres con hijos a cargo; por otro, la permanencia en el hogar familiar de los hijos alcanzada la mayoría de edad. Ambos momentos, cotidianos en nuestra era, no han pasado inadvertidos para el legislador aragonés.
Tratándose de menores de edad, y habiéndose roto la convivencia de los padres, el legislador adopta como criterio preferente, a falta de pacto, la llamada custodia compartida. Respecto a la permanencia de los hijos mayores de edad en la casa, el legislador arbitra un sistema de convivencia entre padres e hijos mayores de edad, debiendo éstos sujetarse a la dirección de la vida y economía familiar que indiquen los padres, pero manteniendo hasta los 26 años del hijo el deber de crianza de los padres si aquél no tiene recursos propios para sufragar sus gastos y no ha concluido su formación.
Estas cuestiones fueron desarrolladas y debatidas en el Seminario que, con el título Relaciones entre padres e hijos en Aragón: ¿un modelo a exportar?, se celebró los días 30 y 31 de mayo de 2013, en la sede de la IFC de Zaragoza. Las conclusiones a las que se llegó en dicho seminario, relevantes para la práctica forense y la vida cotidiana entre padres e hijos en la actualidad, son las que se contienen en esta obra.
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Crianza y educación de los hijos menores de padres que no conviven: atribución del uso de la vivienda familiar. Gastos de asistencia a los hijos
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