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La Anulación de instrumentos de planeamiento urbanístico

Imagen de portada del libro La Anulación de instrumentos de planeamiento urbanístico

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Reseñas

Resumen

  • El plan urbanístico es el instrumento llamado a diseñar el modelo de ocupación del suelo, los usos posibles y su distribución o interrelación, la ubicación de equipamientos y zonas de esparcimiento, las ordenanzas y normas a aplicar, determinando aspectos concretos de la edificación (alturas, tipología edificatoria, parcela mínima, ocupación, etc.) y concretando el contenido del derecho de propiedad de los titulares de los terrenos que se encuentran en su ámbito territorial. Por todo ello, el plan urbanístico se configura como un elemento fundamental para el desarrollo del modelo de ciudad o de asentamiento poblacional, con connotaciones sociales, económicas, políticas e incluso culturales. Resultando fácil de comprender el alcance y la importancia de la figura del plan urbanístico, tampoco debe escapársenos la trascendencia que puede adquirir su anulación posterior. Lamentablemente, no han sido pocas las ciudades de nuestro país que han sufrido esta situación. Casos como los de Madrid, Ávila, Gijón, Toledo, Castellón, Orense y muchos otros, han demostrado las dificultades a las que se enfrentan todos los sectores de la sociedad (Administraciones, propietarios, promotores, empresarios, etc.) ante la anulación sobrevenida de un instrumento de planeamiento general. En ocasiones, el alcance es menor al afectar la anulación a un instrumento de planeamiento de desarrollo, con un ámbito territorial más reducido, pero en todo caso, también tiene una relevancia considerable. Ahora bien, todos los que en nuestro quehacer diario nos dedicamos al ámbito urbanístico nos formulamos un sinfín de preguntas cuando se nos comunica la nulidad de un plan urbanístico. El escenario que se avecina ante la anulación de un plan urbanístico se caracteriza por la incertidumbre, la inseguridad jurídica y la paralización inicial de la Administración. Jurídicamente es una situación compleja, puesto que una disposición de carácter general, que ha desplegado sus efectos durante un lapso de tiempo más o menos largo –no hay que olvidar que una resolución judicial firme de nulidad de un plan puede dictarse tras más de seis, siete, ocho o incluso más años después de su entrada en vigor- desaparece de pronto de nuestro ordenamiento jurídico. ¿Qué hacer entonces? ¿Cómo deben actuar las Administraciones a partir de ese momento? ¿Qué sucede con todos los actos de planeamiento, gestión y ejecución que traen su causa del plan que deviene nulo de pleno derecho? ¿Qué ordenación urbanística corresponde aplicar a partir de ese momento? ¿Qué actuaciones deben realizar a partir de ese momento los ayuntamientos y Comunidades Autónomas afectadas? ¿Qué opciones tienen los particulares? A todas estas preguntas se intentará dar respuesta con el presente estudio doctoral. De esta forma, se pretende un análisis de la situación de origen y de la situación que se produce con la nulidad de un plan urbanístico, desde una perspectiva jurídica, estudiando en primer lugar, las causas que conllevan a esa anulación, para después analizar sus consecuencias. Inicialmente, se realizará un somero repaso sobre la naturaleza jurídica de los planes urbanísticos, cuestión ya muy estudiada en la doctrina, pero que no podemos dejar de referirnos a ella por ser la determinante de muchas de las consecuencias que provoca la nulidad de pleno derecho de un plan. El objetivo que se pretende alcanzar con esta investigación doctoral es, en definitiva, la plasmación del régimen jurídico urbanístico frente al que nos encontramos cuando se produce una declaración de nulidad de un plan urbanístico, analizando qué es lo que nos conduce a esa situación para, en la medida de lo posible, poder afrontar esa problemática e incluso evitarla.

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