Ha sido reseñado en:
El objeto de reflexión se sitúa en el marco de la CEE y en la protección de los derechos fundamentales. Si bien es verdad que la Declaración n.11 del Tratado de Amsterdam carece de valor jurídico, muestra el temor de las confesiones religiosas arraigadas a perder la posición de privilegio que mantienen en los estados comunitarios. El estudio del derecho de libertad religiosa exigía su análisis desde las perspectivas sociológica, jurídica y política. Teniendo en cuenta la importancia de las distintas tradiciones constitucionales en los derechos fundamentales, se recogen las propuestas de modificación del Tratado de Amsterdam elaboradas por profesores de varios países de la CE.
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