La organización territorial del Estado contemplada en la Constitución Española de 1978 ha experimentado desde su configuración inicial una importante evolución, tanto en su definición como en su real contenido. La reforma de los Estatutos de Autonomía de algunas de las Comunidades que accedieron a la autonomía por la vía del artículo 151 ha venido a consolidar un poco más este proceso, lo cual ha tenido lugar en medio del intenso debate abierto como consecuencia de la impugnación ante el Tribunal Constitucional del Estatuto Catalán. La aprobación del Estatuto de Autonomía de Castilla y León constituyó todo un hito en este proceso. Por una parte profundiza notablemente en la capacidad de autogobierno de la Comunidad intentando respetar en todo momento la difusa línea de la constitucionalidad y por otra, constituye el paradigma del consenso, en la medida que no contó con ningún voto en contra en su tramitación ante las Cortes Generales. A través de estos comentarios un nutrido grupo de especialistas proceden al análisis profundo de todo el articulado del Estatuto de Castilla y León dentro del citado contexto. Se trata, en consecuencia, de la primera obra de estas características que aborda el examen de un estatuto bajo el prisma de la reciente doctrina sentada por el Tribunal Constitucional a partir de la sentencia de 28 de junio de 2010, lo que hace que resulte un trabajo indispensable no sólo para conocer a fondo el contenido y alcance de esta reforma estatutaria, sino también para adentrarse en la real incidencia de los últimos pronunciamientos constitucionales en los recientes textos estatutarios.
págs. 33-34
Fernando Rey Martínez (pr.), Ignacio Sáez Hidalgo (pr.)
págs. 35-38
págs. 39-48
Artículo 1: disposiciones generales
págs. 49-56
Artículo 43: organización territorial
págs. 593-601
Artículo 2: ámbito territorial
págs. 57-70
págs. 71-85
Artículo 4: valores esenciales
págs. 86-90
Artículo 5: la lengua castellana y el resto del patrimonio lingüístico de la Comunidad
págs. 91-96
Artículo 6: símbolos de la Comunidad y fiesta oficial
págs. 97-104
Artículo 7: ámbito personal
págs. 105-109
Artículo 8: derechos y deberes de los ciudadanos de Castilla y León
págs. 110-115
Artículo 9: castellanos y leoneses en el exterior
págs. 116-120
Artículo 10: derechos de los extranjeros
págs. 121-128
Artículo 11: derechos de participación en los asuntos públicos
págs. 129-139
Artículo 12: derecho a una buena Administración
págs. 140-155
Artículo 13: derechos sociales
págs. 156-172
Artículo 14: derecho a la no discriminación por razón de género
págs. 173-183
Artículo 15: deberes
págs. 184-191
Artículo 16: principios rectores de las políticas públicas
págs. 192-201
Artículo 17: garantías normativas y judiciales
págs. 202-209
Artículo 18: el Procurador del Común
págs. 210-224
Artículo 19: instituciones autonómicas
págs. 225-229
Artículo 20: carácter
págs. 230-236
Artículo 21: composición, elección y mandato
págs. 237-262
Artículo 22: estatuto de los procuradores
págs. 263-288
Artículo 23: organización y funcionamiento
págs. 289-346
Artículo 24: atribuciones
págs. 347-398
Artículo 25: potestad legislativa
págs. 399-415
Artículo 26: elección y carácter
págs. 416-431
Artículo 27: el Presidente de la Junta. Atribuciones
págs. 432-448
Artículo 28: carácter y composición
págs. 449-454
Artículo 29: prerrogativas
págs. 455-457
págs. 458-467
págs. 468-469
Artículo 32: Administración Autonómica
págs. 470-479
Artículo 33: Consejo Consultivo
págs. 480-493
Artículo 34: responsabilidad política
págs. 494-500
Artículo 35: cuestión de confianza
págs. 501-509
Artículo 36: moción de censura
págs. 510-521
Artículo 37: disolución anticipada de las Cortes
págs. 522-534
Artículo 38: competencias en materia de Administración de Justicia
págs. 535-574
Artículo 39: ejercicio de la potestad jurisdiccional en Castilla y León
págs. 575-577
Artículo 40: el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
págs. 578-582
Artículo 41: presidente del Tribunal Superior de Justicia y personal judicial
págs. 583-584
Artículo 42: el Consejo de Justicia de Castilla y León
págs. 585-592
Artículo 44: el municipio
págs. 602-605
Artículo 45: competencias
págs. 606-607
Artículo 46: la comarca
págs. 608-610
Artículo 47: la provincia
págs. 611-612
Artículo 48: principios
págs. 613-620
Artículo 49: regulación del gobierno y la administración local de Castilla y León
págs. 621-625
Artículo 50: transferencia y delegación de competencias de la Comunidad a los entes locales
págs. 626-631
Artículo 51: Consejo de Cooperación Local de Castilla y León
págs. 632-634
Artículo 52: asociación de entes locales
págs. 635-638
Artículo 53: principios
págs. 639-649
Artículo 54: tutela financiera de los entes locales
págs. 650-659
Artículo 55: financiación de las entidades locales
págs. 660-670
Artículo 56: gestión concertada de tributos
págs. 671-674
Artículo 57: disposiciones generales
págs. 675-680
Artículo 58: relaciones de la Comunidad Autónoma con el Estado
págs. 681-689
Artículo 59: Comisión de Cooperación entre la Comunidad de Castilla y León y el Estado
págs. 690-695
Artículo 60: convenios y acuerdos de cooperación con otras Comunidades Autónomas
págs. 696-711
Artículo 61: disposición general
págs. 712-716
Artículo 62: participación en la formación y aplicación del Derecho de la Unión Europea
págs. 717-723
Artículo 63: participación en instituciones y órganos de la Unión Europea
págs. 724-726
Artículo 64: Delegación Permanente de la Comunidad de Castilla y León ante la Unión Europea
pág. 727
Artículo 65: acciones ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
pág. 728
Artículo 66: relaciones con las regiones europeas
pág. 729
Artículo 67: medios de la acción exterior de la Comunidad
págs. 730-744
Artículo 68: tratados y convenios internacionales
págs. 745-760
Artículo 69: disposición general
págs. 761-763
Artículo 70: competencias exclusivas
José Manuel Díaz Lema, María Aranzazu Moretón Toquero, Agustín Sánchez de Vega, Dionisio Fernández de Gatta Sánchez, Luis Vaquero Gómez, Tomás Quintana López, Javier Fernández Costales, Ana María Company Vázquez, María Josefa García-Maestro García, María Ángeles González Bustos, Zulima Sánchez Sánchez, Ana Belén Casares Marcos, Carlos Vattier Fuenzalida, José María Caballero Lozano, Ricardo Rivero Ortega, Carlos Fajardo Casajús, José Carlos Laguna de Paz, Pedro Tomás Nevado-Batalla Moreno, Bernard-Frank Macera Tiragallo, Cristina Arenas García-Pumarino, Francisco Javier Melgosa Arcos, José María de la Cuesta Sáenz, Ignacio Sagarra Renedo, Óscar Sánchez Muñoz, María Pardo Álvarez, Raquel de Román Pérez, Julián Espartero Casado, María Josefa García Cirac, María Teresa Carrancho Herrero, Isabel Caro-Patón Carmona, Rafael Guerra Posadas
págs. 764-1050
Artículo 71: competencias de desarrollo normativo y de ejecución
José Manuel Díaz Lema, Mercedes Fuertes, Juan Fernando Durán Alba, Noemí Serrano Argüello, Ignacio Sáez Hidalgo, Elena Vicente Domingo, Ana Belén Casares Marcos, Isabel Caro-Patón Carmona, José María Caballero Lozano, Javier Antonio Arce Esteras, Bernard-Frank Macera Tiragallo, Pedro Tomás Nevado-Batalla Moreno, José Carlos Laguna de Paz, José María de la Cuesta Sáenz, Juan María Bilbao Ubillos, Rafael Guerra Posadas, María Teresa Carrancho Herrero
págs. 1051-1201
Artículo 72: competencias sobre seguridad pública. Cuerpo de Policía de Castilla y León
págs. 1202-1213
Artículo 73: competencias sobre educación
págs. 1214-1225
Artículo 74: competencias sobre sanidad
págs. 1226-1236
Artículo 75: competencias sobre la Cuenca del Duero y las aguas de la Comunidad
págs. 1237-1263
Artículo 76: competencias de ejecución
José Manuel Díaz Lema, Susana Rodríguez Escanciano, Carlos Fajardo Casajús, María Pardo Álvarez, Cristina Arenas García-Pumarino, Ricardo Rivero Ortega, Susana Perandones Piedró, Pedro Tomás Nevado-Batalla Moreno, Raquel de Román Pérez, Ana María Company Vázquez, Rafael Guerra Posadas, Julia González Macías, José Carlos Laguna de Paz
págs. 1264-1352
Artículo 77: asunción de nuevas competencias
págs. 1353-1356
Artículo 78: principios de política económica
págs. 1357-1361
Artículo 79: sector público
págs. 1362-1366
Artículo 80: instituciones de crédito y ahorro
págs. 1367-1370
Artículo 81: Consejo Económico y social
págs. 1371-1373
Artículo 82: principios de Hacienda de la Comunidad
págs. 1374-1380
Artículo 83: relaciones de la Hacienda de la Comunidad con la Hacienda del Estado
págs. 1381-1395
Artículo 84: recursos financieros
págs. 1396-1403
Artículo 85: otros recursos
págs. 1404-1406
Artículo 86: organización y competencias de la Hacienda de la Comunidad
págs. 1407-1416
Artículo 87: Deuda Pública y crédito
págs. 1417-1422
Artículo 88: patrimonio
págs. 1423-1429
Artículo 89: presupuestos
págs. 1429-1436
Artículo 90: Consejo de Cuentas
págs. 1437-1452
Artículo 91: procedimiento
págs. 1453-1466
Disposición Adicional primera: tributos cedidos
págs. 1467-1474
Disposición Adicional Segunda: convergencia interior
págs. 1475-1477
Disposición Adicional tercera: medios de comunicación públicos
págs. 1478-1490
Disposición Transitoria primera: Comisión Mixta
págs. 1491-1496
Disposición Transitoria segunda: aplicación transitoria de la legislación estatal
págs. 1497-1499
Disposición Transitoria tercera: segregación de enclaves
págs. 1500-1508
págs. 1509-1510
págs. 1511-1512
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