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Resumen de La anticipación de la prueba en el proceso civil

Belén Rizo Gómez

  • La conveniencia de contemplar en el ordenamiento procesal civil una figura que permita realizar la prueba con anterioridad al tiempo ordinario de la actividad probatoria resulta indiscutible cuando concurre un temor fundado referido a la imposibilidad de practicar algún acto de prueba en el momento procesal previsto con carácter general. Su trascendencia práctica es consecuencia de una finalidad esencial, que se concreta en evitar la frustración de la realización de la prueba, por cuanto si se sujeta la práctica de la prueba a las disposiciones temporales que, con carácter general, la ordenan, puede suceder que, llegado el momento, la misma no pueda ser llevada a efecto. El legislador del 2000 fue consciente de la situación apuntada y reguló con acierto y de forma novedosa la institución de la prueba anticipada. Pese a ello, la vigencia de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil ha servido para poner de manifiesto las lagunas e imperfecciones que dicha regulación plantea en la actualidad. Este trabajo es un estudio claro, ordenado y riguroso de la prueba anticipada, ofreciendo una perspectiva crítica y actual de la misma, tanto a nivel doctrinal cuanto jurisprudencial, lo que lo convierte en una obra de referencia para la práctica y la dogmática jurídica.


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