Se efectúa un tratamiento de la cuestión desde un triple punto de vista: en primer lugar, un estudio general, desde la perspectiva de nuestro ordenamiento tributario, en el que se hace especial hincapié en los problemas que suscita esta figura en relación con el principio de reserva de ley tributaria; en segundo lugar, desde una perspectiva de Derecho comparado, se analiza, de un lado, el régimen jurídico de la institución del Derecho tributario italiano denominada pianificazione fiscale concordata y, de otro, la transacción como medida reductora de la conflictividad en el Derecho tributario francés; por último, desde el punto de vista del Derecho comunitario, se estudian las exigencias que el régimen comunitario de control de ayudas de Estado establece sobre el empleo de técnicas convencionales en la resolución de conflictos tributarios, prestando particular atención a la participación de la Hacienda Pública en los convenios concursales y los acuerdos previos de valoración sobre precios de transferencia
págs. 11-47
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"La planificazione fiscale concordata": una técnica convencional del derecho tributario italiano
págs. 87-132
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