Artículo 1: Supuestos incluidos
págs. 17-65
Artículo 2: Supuestos excluidos
págs. 67-80
Artículo 3: Fuentes del régimen profesional
págs. 83-99
Artículo 4: Derechos profesionales
págs. 103-124
Artículo 5: Deberes profesionales básicos
págs. 125-129
Artículo 6: Derecho a la no discriminación y garantía de los derechos fundamentales y libertades públicas
págs. 131-139
Artículo 7: Forma y duración del contrato
págs. 141-148
Artículo 8: Prevención de riesgos laborales
págs. 149-173
Artículo 9: Protección de menores
págs. 175-179
Artículo 10: Garantías económicas
págs. 181-203
Artículo 11: Concepto y ámbito subjetivo
Guillermo Leandro Barrios Baudor, Antonio Vicente Sempere Navarro
págs. 213-238
págs. 239-268
Artículo 13: Acuerdos de interés profesional
Guillermo Leandro Barrios Baudor, Antonio Vicente Sempere Navarro
págs. 269-281
Artículo 14: Jornada de la actividad profesional
Guillermo Leandro Barrios Baudor, Antonio Vicente Sempere Navarro
págs. 283-291
Artículo 15: Extinción contractual
Guillermo Leandro Barrios Baudor, Antonio Vicente Sempere Navarro
págs. 293-307
Artículo 16: Interrupciones justificadas de la actividad profesional
Guillermo Leandro Barrios Baudor, Antonio Vicente Sempere Navarro
págs. 309-318
Artículo 17: Competencia jurisdiccional
Guillermo Leandro Barrios Baudor, Antonio Vicente Sempere Navarro
págs. 319-326
Artículo 18: Procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos
Guillermo Leandro Barrios Baudor, Antonio Vicente Sempere Navarro
págs. 327-333
Artículo 19: Derechos colectivos básicos
págs. 339-355
Artículo 20: Derecho de asociación profesional de los trabajadores autónomos
págs. 357-368
Artículo 21: Determinación de la representatividad de las asociaciones de trabajadores autónomos
págs. 369-381
Artículo 22: Consejo del trabajo autónomo
págs. 383-393
Artículo 23: El derecho a la seguridad social
págs. 399-428
Artículo 24: Afiliación a la seguridad social
págs. 429-438
Artículo 25: Cotización a la seguridad social
págs. 439-464
Artículo 26: Acción protectora
págs. 465-501
Artículo 27: Política de fomento del trabajo autónomo
págs. 505-511
Artículo 28: Formación profesional y asesoramiento técnico
págs. 513-515
Artículo 29: Apoyo financiero a las iniciativas económicas
págs. 517-520
Disposición Adicional primera: Modificación del texto refundido de la ley de procedimiento laboral, aprobado por real decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril (RCL 1995, 1144, 1563)
págs. 521-528
Disposición Adicional segunda: Reducciones y bonificaciones en las cotizaciones
págs. 529-551
Disposición Adicional tercera: Cobertura de la incapacidad temporal y de las contingencias profesionales en el Régimen de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo
págs. 553-561
Disposición Adicional cuarta: Prestación por cese de actividad
págs. 563-578
Disposición Adicional quinta: Profesionales incorporados a Mutualidades de Previsión Social alternativas
págs. 579-586
Disposición Adicional sexta: Comunidades Autónomas
págs. 587-591
págs. 593-595
Disposición Adicional octava: Participación de los trabajadores autónomos en el Consejo Económico y Social
págs. 597-600
Disposición adicional novena: Pago único de la prestación por desempleo
págs. 601-616
Disposición adicional décima: Encuadramiento en la seguridad social de los familiares del trabajador autónomo
págs. 617-622
Disposición adicional undécima: Trabajadores autónomos del sector del transporte
págs. 623-628
Disposición adicional duodécima: Participación de trabajadores autónomos en programas de formación e información de prevención de riesgos laborales
págs. 629-630
Disposición adicional decimotercera: Adaptación de la ley general de la seguridad social
págs. 631-633
Disposición adicional decimocuarta: Estudio sectorial del trabajo autónomo
págs. 635-643
Dispocición adicional decimoquinta: Adaptación del régimen especial de los trabajadores autónomos
págs. 645-646
Disposición adicional decimosexta: Campaña de difusión del régimen especial de los trabajadores autónomos
págs. 647-648
Disposición adicional decimoséptima: Contratos de trabajadores autónomos económicamente dependientes en el sector de los agentes de seguros
págs. 649-654
Disposición adicional decimoctava: Personas con discapacidad
págs. 655-656
Disposición adicional decimonovena: Agentes comerciales
págs. 657-660
Disposición transitoria primera: Adaptación de estatutos y reconocimiento de la persona jurídica de las asociaciones
págs. 661-664
Disposición transitoria segunda: Adaptación de los contratos vigentes de los trabajadores autónomos económicamente dependientes
Guillermo Leandro Barrios Baudor, Antonio Vicente Sempere Navarro
págs. 665-672
Disposición transitoria tercera: Adaptación de los contratos vigentes de los trabajadores autónomos económicamente dependientes en el sector del transporte y el sector de los agentes de seguros
págs. 673-677
Disposición derogatoria única: Derogación normativa
págs. 679-681
Disposición final primera: Título competencial
págs. 683-685
Disposición final segunda: Desarrollo de derechos en materia de protección social
págs. 687-688
Disposición final tercera: Habilitación al gobierno
págs. 689-691
Disposición final cuarta: Informe anual
págs. 693-697
Disposición final quinta: Desarrollo reglamentario de los contratos del trabajador autónomo económicamente dependiente
Guillermo Leandro Barrios Baudor, Antonio Vicente Sempere Navarro
págs. 699-701
Disposición final sexta: Entrada en vigor
págs. 703-707
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