Las Cortes de Cádiz suponen para España el fin del absolutismo y la irrupción del liberalismo. La reformulación de los conceptos de libertad, igualdad y propiedad, que hacen surgir al ciudadano y desaparecer al vasallo, se materializa en la formación de un régimen político parlamentario, sin dejar de ser monárquico, y en una organización territorial del Estado de carácter unitario a partir de la incorporación de los principios de soberanía nacional y división de poderes que, como principios revolucionarios, encuentran su explicitación en el texto constitucional de 1812, sirviendo además de modelo a seguir por otros países. ÍNDICE (Resumen): La formación de las Cortes (1808-1810). El ejecutivo en la Revolución liberal. Las Cortes Generales y Extraordinarias: Organización y poderes para un Gobierno de Asamblea. La Monarquía parlamentaria. España 1812: Cádiz, Estado unitario, en perspectiva histórica. Las Cortes de Cádiz y la sociedad española. Proyección exterior de la Constitución de 1812. "Las Cortes de Cádiz" diez años después: historiografía y balance
págs. 13-36
págs. 37-66
Las Cortes Generales y Extraordinarias: Organización y poderes para un Gobierno de Asamblea
págs. 67-104
págs. 105-124
España 1812: Cádiz, Estado unitario, en perspectiva histórica
págs. 125-166
págs. 167-206
págs. 207-248
"Las Cortes de Cádiz" diez años después: historiografía y balance
págs. 249-271
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