El objetivo de política legislativa que justifica la reciente promulgación de la fulgurante y trascendental Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres [BOE de 23 de marzo, que entraba en vigor en su conjunto y con una sola excepción al día siguiente de su publicación, LOIM en adelante], pertenece decididamente al último estadio conocido de la acción pública de la sociedad democrática avanzada en favor de la igualdad de la mujer: la promoción de la igualdad real o efectiva de mujeres y hombres, en la medida en que "el pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley, aun habiendo comportado, sin duda, un paso decisivo, ha resultado ser insuficiente" [exposición de motivos].
El derecho de las mujeres a la igualdad efectiva: (Consideración general acerca de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres)
págs. 1-11
Sobre la equidad de género en un régimen de derecho administrativo: a propósito de la Ley Orgánica 3/2007
págs. 13-27
El principio de igualdad entre hombres y mujeres en la Unión Europea: evolución y régimen vigente
págs. 29-80
La política comunitaria sobre igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito del empleo y la ocupación: recepción en la Ley de igualdad
págs. 81-144
págs. 145-173
págs. 175-200
págs. 201-239
Las medidas y los planes de igualdad: ¿hacia un sistema de gestión de la igualdad efectiva de mujeres y hombres en la empresa?
págs. 241-272
págs. 273-322
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