Ha sido reseñado en:
Recensión al libro "El poder, la administración y los jueces", de J. E. Soriano García
Santiago González-Varas Ibáñez
Revista española de derecho administrativo, ISSN 0210-8461, Nº 156, 2012, págs. 315-318
Revista española de derecho constitucional, ISSN 0211-5743, Año nº 33, Nº 98, 2013, págs. 435-441
Carlos Saura Fructuoso (res.)
Revista General de Derecho Administrativo, ISSN-e 1696-9650, Nº. 33, 2013
María Teresa Cabezas Hernández (res.)
Revista de administración pública, ISSN 0034-7639, Nº 190, 2013, pág. 499
Democracia y Estado de Derecho deben conjugarse en el mismo tiempo político y jurídico. Lo cual supone que el Juez debe ser un Poder desde luego, pero realizado exclusivamente a través del Derecho, no de la Política. Es un Poder Jurídico. Y lo es de todos y cada uno de los Jueces, quienes deben creérselo firmemente para el bien de los ciudadanos, últimos destinatarios de las acciones de quienes tienen como misión resolver conflictos.
De ahí que la suplantación por las Asociaciones Judiciales de la idea de Derecho que de conformidad con el sistema de fuentes está irreductiblemente atribuida a los Jueces, suponga un grave atentado a su independencia y desde luego una absurda y rechazable politización de la carrera judicial y fiscal. No son las Asociaciones simple expresión en el ámbito judicial y fiscal de tal derecho fundamental, sino que se han convertido, sin más, en prolongación de los partidos políticos. Lo cual, además, de forma prepotente, casi omnipotente, llevan luego a la práctica también, en nepotismo indisimulado, a través de la selección de los puestos y plazas que realizan en el Consejo General del Poder Judicial, un órgano hoy por hoy completamente desprestigiado y que –salvo supresión– habría que mejorar en calidad institucional a través del Derecho.
Aunque se centra la batalla en el plano político sobre la selección de los miembros del Consejo, hay otro plano, de Derecho Administrativo, que ha quedado arrumbado, como lamentablemente viene sucediendo con este Derecho, aquí y en otros múltiples ámbitos y sectores, y que es urgente recuperar. En concreto, hay que volver a la aplicación del mérito y capacidad, conceptos determinables siempre, en la selección de los puestos, y ello se traduce en un necesario concurso reglado jurídicamente, con baremos claros, nada difícil de organizar, olvidándose de una vez de la actual arbitrariedad que tan dañina ha resultado para el Juez no asociado y con ello para la creencia en la Justicia. No hay mejor negocio jurídico y político que un buen Juez y para ello, tiene que tener la legitimidad que da ser quien realmente se lo merezca con transparencia y concurrencia. Mientras eso no se haga así, cambie o no el criterio de selección de los Vocales del Consejo, la Justicia no estará prestigiada como sería exigible y deseable.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados