Ha sido reseñado en:
Liberalización de la actividad funeraria
Revista de administración pública, ISSN 0034-7639, Nº 149, 1999, págs. 553-557
El objetivo de este estudio consiste en poner de manifiesto cómo la aplicación de la técnica del servicio público sobre el sector fúnebre, o más ampliamente sobre el mortuorio, había perdido las razones que en su momento justificaron su establecimiento.
Haciendo parcialmente suyas las sugerencias del Tribunal de Defensa de la Competencia, el nuevo Gobierno surgido tras las elecciones generales de marzo de 1996 decidió, a través del R. D. -1. 7/1996, de 7 de junio, liberalizar los servicios mortuorios. El reciente ejemplo francés, donde se presentaban en este campo no pocas coincidencias con el caso español, en ocasiones ciertamente sorprendentes, aportó una pauta importantísima sobre los instrumentos y problemas jurídicos que debían emplearse y afrontarse en España, amén de reforzar los argumentos sobre la necesidad de revisar la situación jurídica de este sector.
La supresión en España de estos monopolios locales ha experimentado, sin embargo, el riesgo de quedarse en un pío deseo como consecuencia de la conversión de los viejos derechos exclusivos en empresas públicas locales protegidas que compiten teóricamente en paridad de condiciones con las empresas de titularidad privada
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