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Investigación biomédica y datos personales. Una visión crítica del nuevo régimen jurídico

    1. [1] Universidad Islas Baleares
  • Localización: Actualidad civil, ISSN 0213-7100, Nº 5, 2018 (Ejemplar dedicado a: Protección de datos: entre el RGPD y la nueva LOPD)
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      ¿Es el Reglamento Europeo de Protección de Datos una norma a la altura del Big Data? Sin duda si se atiende al espíritu de la norma y al régimen flexible que se desprende de su articulado, pero lo que en realidad nos brinda el nuevo escenario de tratamiento de datos con fines de investigación biomédica es una gran ambigüedad: los datos seudonimizados al fin y al cabo son datos personales; los datos anonimizados técnicamente no pueden ser irreversiblemente disociados; ni la seudonimización ni la anonimización son inocuas para el interesado; la normativa interna al amparo de la norma europea podrá trazar un escenario muy flexible, incluso limitando derechos esenciales del interesado, o podrá optar por limitar el tratamiento de datos de salud y genéticos con fines de investigación en mayor medida incluso que lo establecido por nuestra normativa sectorial de investigación biomédica. Corren ríos de tinta sobre las bondades del nuevo régimen y entretanto la proyectada Ley Orgánica de Protección de Datos rescata el consentimiento específico e inequívoco para cada una de las finalidades, por lo que la comunidad científica ve peligrar el uso de los datos con fines de investigación biomédica en general, en cuanto pueda suponer un paso más a la constricción a la línea de investigación y vete el uso secundario de datos asistenciales con estos fines. En este escenario la prudencia se impone, así como la conveniencia de que el legislador fije unas reglas claras que sean capaces de conciliar el interés de la ciencia y los derechos fundamentales de la persona

    • English

      Is the General Data Protection Regulation a standard able to deal with the Big Data? No doubt it is if you are paying attention to the spirit of the standard and its flexible regime, but what really offers us this new scenario of data processing for biomedical research purposes is a great ambiguity: the pseudonomized data at the end of the day are personal data; the anonymised data cannot technically be irretrievably unlinked; neither are the pseudonymization or anonymization harmless to the person concerned; the domestic regulations under the European regulation may be able to draw a very flexible scenario, even limiting essential rights of the person concerned, or may choose to limit the processing of health and genetic data for research purposes even more than what was established by our sectoral regulation on biomedical research. It has been said a lot on the virtues of the new regime, and in the meantime the proposed Organic Law on Data Protection rescues the specific and unequivocal consent for each one of the purposes, so that the scientific community sees the use of data for the purposes of biomedical research in general at risk, as it could be a step closer to the constriction to the line of research and proscribe the secondary use of healthcare data for these purposes. In this scenario prudence is imposed, as well as the convenience for the legislator to set clear rules that are capable of reconciling the interests of science and the fundamental rights of the individual.


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