La autora realiza un estudio del proceso de ejecución de reparación económica vigente, a cargo de los jueces de los tribunales distritales de lo contencioso administrativo del país, conforme lo ordenado por la Corte Constitucional, en sentencia N.º 011-16-SIS-CC, expedida dentro del caso N.º 0024-10-IS, sentencia que unificó el procedimiento a seguir para efectos de cuantificar el monto que por reparación económica se haya dispuesto en una sentencia de garantías jurisdiccionales, siempre que el obligado al pago sea el Estado, al amparo de lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, fallo que surge como una respuesta al problema de incumplimiento de las sentencias constitucionales
This essay studies the process of implementation of existing economic repair in charge of the judges of the district courts of Contentious Administrative Law in the country, as ordered by the Constitutional Court in judgement N.º 011-16-SIS-CC, issued in case N.º 0024-10-IS, which unifies the procedure to be followed for the purpose of quantifying the amount of economic repair. This rule is specified in a judicial guarantees statement, providing always that the obligor to pay is the State under the frame of the provisions of article 19 of the Law for Organic Jurisdictional Guarantees and Constitutional Control. This fault arises as a response to the problem of non-constitutional rulings.
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