Argentina
Uno de los ejes del debate del caso “Beatriz vs. El Salvador”, que está en consideración ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), es la petición, realizada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de legalizar o despenalizar el aborto ante casos de personas por nacer que enfrentan un diagnóstico fatal. En este breve trabajo, quisiera realizar un aporte centrado en cinco puntos: 1. La despenalización o la legalización del aborto eugenésico vulneran la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 2. La legalización del aborto sin invocación de causales conduce a la discriminación indirecta de las personas con discapacidad. 3. La discapacidad de la persona por nacer y la ilegitimidad de pretender legalizar el aborto por la denominada causal “salud”. 4. La adopción de protocolos y medidas para asegurar el aborto eugené-sico conduce a una discriminación sistemática de las personas con discapacidad. 5. El Estado salvadoreño tiene el deber de asegurar cuidados paliativos a la persona por nacer.
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