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La formación que se debe proporcionar a los directivos y empleados de la persona jurídica como elemento esencial del criminal compliance program

  • Autores: Lucas Menéndez Conca
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 10653, 2025
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En el apartado quinto del art. 31 bis CP se recogen los seis requisitos que debe cumplir el modelo de organización y gestión para que se pueda considerar que es idóneo y ha sido ejecutado con eficacia. Sin embargo, no se alude en ninguno de estos requisitos a la necesidad de que se proporcione formación a los directivos y empleados de la empresa u organización en materia de criminal compliance. Por ello, cabe preguntarse si realmente se debería eximir de responsabilidad «penal» a una persona jurídica si no se ha preocupado de que sus trabajadores reciban formación adecuada en esta materia.


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