Dentro del cúmulo de principios y garantías constitucionales que regulan el proceso penal, toma especial interés la denominada oportunidad suficiente contenida en el art. 350 del ordenamiento procesal penal; puesto que constituye la materialización y el ejercicio efectivo del principio de inviolabilidad de la defensa; que a su vez; responde al principio de defensa en juicio contenido en la carta magna. Por lo que se plantea como delinear las circunstancias que deben ser consideradas para demostrar que se ha dado oportunidad de prestar declaración indagatoria en la etapa preparatoria al imputado y que fue suficiente de acuerdo a lo establecido en el art. 350 del CPP. Para este efecto, el método utilizado fue de enfoque cualitativo, con diseño no experimental, de tipo dogmático-documental ,con un alcance descriptivo de los precedentes judiciales y el análisis de la norma procesal, constitucional de manera a obtener la estandarización de los presupuestos que deben estar presentes en esta garantía. Se concluye que, la oportunidad suficiente deviene así en el instrumento garantizador de un conjunto de principios y garantías reconocido en favor del imputado dentro de un proceso penal. La investigación desarrollada expone la neurálgica posición de ese acceso adjetivado y oportuno; haciendo referencia al tiempo y forma en que el imputado pueda tener un acceso a la evidencia que realmente le permita el ejercicio de su defensa material dentro del diseño del proceso penal y su operativización en función al cumplimiento del principio de la inviolabilidad de la defensa en juicio.
Within the series of constitutional principles and guarantees that regulate the criminal process, the so-called adequate opportunity contained in art. 350 of the criminal procedural order is of special interest, since it constitutes the materialization and effective exercise of the principle of inviolability of the right to defense, which in turn responds to the principle of defense in trial contained in the National Constitution. For this reason, it is proposed to outline the circumstances that must be considered to demonstrate that the accused has been given the opportunity to give an interrogatory statement in the preparatory stage and that it was sufficient in accordance with the provisions of art. 350 of the Criminal Procedure Code. For this purpose, the method used was a qualitative approach with a non-experimental design, of a dogmatic-documentary type with a descriptive scope of the judicial precedents and the analysis of the procedural and constitutional norm in order to obtain the standardization of the assumptions that must be present in this guarantee. The research developed exposes the neuralgic position of this appropriate and timely access; referring to the time and way in which the accused can have access to evidence that really allows him to exercise his material defense within the design of the criminal process and its implementation in terms of compliance with the principle of inviolability of the right to defense in trial.
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