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Tribunal Supremo: comprobación mediante el valor asignado para la tasación de las fincas hipotecadas: Sentencias del Tribunal Supremo de 4 de diciembre de 2024 (rec. 2810/2023) y de 9 de diciembre de 2024 (rec. 5884/2023)

    1. [1] Inspector de Hacienda del Estado
  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 118, 2025
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La Administración, ante la falta de concordancia entre el valor declarado y el fijado en la tasación hipotecaria, puede, utilizando el medio de comprobación del artículo 57.1.g) de la Ley General Tributaria, comprobar el valor real del bien transmitido, sin que le sea exigible ninguna carga adicional y sin que venga obligada a justificar, con carácter previo, que el valor asignado para la tasación de las fincas hipotecadas coincide con el valor ajustado a la base imponible del impuesto, ni la existencia de algún elemento de defraudación que deba corregirse.


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