22 de septiembre de 1997. Ingreso de las cantidades anticipadas para la adquisición de vivienda en la cuenta especial establecida por la Ley 5711968. Determinación de a quién corresponde realizar el ingreso. Consecuencias de su incumplimiento. Negativa del asegurador al pago de la indemnización a los asegurados ante la inobservancia de lo establecido en la Ley 5711968 y la Orden de 29 de noviembre de 1968. Consecuencias de que el asegurador conociera que el contrato de seguro se suscribió con posterioridad al anticipo de los fondos