Málaga, España
El sector asegurador, como el resto del mercado, está sujeto a normas de derecho de la competencia. En este ámbito, las compañías aseguradoras proceden a compartir información. Si bien el hecho de que las aseguradoras cooperen compartiendo estadísticas de su propia actividad podría constituir en sí misma una conducta restrictiva de la competencia, el efecto potencial que podría tener es el de la mejora de las condiciones de oferta del mercado. En este contexto y bajo esta premisa se sitúa el artículo 94.2 LOSSEAR al determinar que carece del carácter de práctica restrictiva de la competencia la utilización de estadísticas comunes, por parte de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para la elaboración individual de sus tarifas de primas de riesgo. El objetivo de este artículo es pues valorar y esclarecer los límites y consecuencias de lo preceptuado en la norma dentro del marco del derecho de la competen-cia y las necesidades de este complejo mercado
The insurance sector, as well as the whole market, is subject to competition law. It is in this environment that insurance companies share statistical information. Albeit this cooperation sharing data of their own experience could be considered to restrict competition, the potential effect it could have is to improve market supply conditions. Under this premise, art. 94.2 LOS-SEAR establishes that the use of shared statistics by insurers and reinsurers using to calculate their individual risk premium tariffs is not a practice that restrict competition. The aim of this paper is to shed light on the limits and consequences of what is established in the regulation within the framework of competition law and the particular needs of this complex market.
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