RDGRN de 3 de mayo de1995. Defensor judicial y prodigalidad Compraventas de fincas en las que interviene el defensor judicial del declarado pródigo, tras acordarse la remoción de la curatela. Doble cualidad de defensor judicial y de apoderado. Contraposición de intereses. Insuficiencia de documento judicial presentado para acreditar el nombramiento de defensor judicial. Ausencia de poder de disposición del defensor judicial. Falta de autorización judicial para enajenar