Recientemente, nuestra judicatura adoptó la postura jurisprudencialde considerar a la dignidad como bien jurídico protegido del tipopenal de trata de personas. Ello responde a la necesidad de reconocer que las víctimas de trata de personas sufren graves vulneraciones a su derecho a la vida, la integridad física, psicológica, emocional entre otras vulneraciones. Si bien es cierto que, desde que el Perú ratificó el protocolo de Palermo se han hecho denodados esfuerzos por perseguir penalmente este delito, la atención, protección y reintegración de las víctimas no ha recibido una similar atención. Ello incluye a las reparaciones civiles otorgadas a las víctimas que distan de ser integrales y convencionales. Consideramos necesaria una mirada estructuralde la trata de personas y de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales vulnerados. El enfoque centrado en la víctima es un enfoque sistémico útil para lograr el acceso a la justicia, a través de reparaciones transformativas que tomen en cuenta las vulnerabilidades estructurales y personales, necesidades y preocupaciones de las víctimas.
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