23 de noviembre de 1990. División de la comunidad existente entre cónyuges separados judicialmente, respecto de un solar y chalet en el mismo edificio, comprado el primero y edificado el segundo con dinero perteneciente a ambos. Innecesariedad de aplicar la presunción de copropiedad del antiguo 3.3 de la Compilación de Derecho Civil de Baleares