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Una situación de incapacidad temporal no conlleva de forma automática la nulidad del despido por discriminación

  • Autores: Arturo Montesdeoca Suárez
  • Localización: Revista española de derecho del trabajo, ISSN 2444-3476, ISSN-e 2695-7337, Nº. 280, 2024
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Este comentario analiza la STSJ de Asturias de 6 de febrero de 2024 cuya temática gira en torno al estudio de la calificación del despido de una persona trabajadora tras superar un proceso de incapacidad temporal. En este sentido, se pretende enfatizar los argumentos jurídicos que permiten determinar en qué casos opera la improcedente frente a la «nulidad automática» ex art. 55 ET. Todo ello tomando en consideración el nuevo marco normativo establecido por la Ley 15/2022 de 15 de julio.


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