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Los deberes de autoprotección en las ciberestafas

  • Autores: Daniel González Uriel
  • Localización: Cuadernos de política criminal, ISSN 0210-4059, Nº 143, 2024, págs. 53-99
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      En este trabajo se lleva a cabo un estudio sobre la figura de los deberes de autoprotección y, en concreto, sobre su aplicabilidad –o no– en los casos de ciberestafas. Para ello, se realiza una exposición sobre las principales características del ciberespacio como nuevo entorno criminógeno y de oportunidad criminal. En este sentido, las cifras oficiales muestran el incremento anual en el número de ciberdelitos. Entre estos cibercrímenes ocupa un lugar principal la ciberestafa, por lo que llevamos a cabo un análisis del tipo delictivo de estafa. A su vez, se aborda la evolución experimentada por la estafa informática, que ha culminado, mediante la LO 14/2022, de 22 de diciembre, en su autonomía con relación a la estafa tradicional. A continuación, se analiza la figura de los deberes de autoprotección de la víctima y se estudia su impacto, tanto en relación con las estafas tradicionales como a propósito de las ciberestafas. Finalmente, se aboga por una interpretación restrictiva de los citados deberes de autoprotección

    • English

      In this study we carry out an analysis on the figure of selfprotection duties and, specifically, on their applicability –or not– in cases of cyber scams. To this end, we make a presentation on the main characteristics of cyberspace as a new criminogenic environment and criminal opportunity. In this sense, we face the constant official figures that show the annual increase in the number of cybercrimes. Among these cybercrimes, cyberfraud occupies a main place, which is why we carried out an analysis of the criminal type of fraud. At the same time, we address the evolution experienced by computer fraud, which has culminated, through LO 14/2022, of December 22, in its autonomy in relation to traditional fraud. Next, we analyze the figure of the victim’s self-protection duties and we study its impact, both in relation to traditional scams and in relation to cyber scams. Finally, we support a restrictive interpretation of the aforementioned duties of self-protection


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