Oviedo, España
La autodeterminación de género tiene una vertiente personal y una vertiente familiar. La primera tiene implicaciones para la identificación de la persona y, para ello, la Ley 4/2023 ha introducido un doble sistema que discrimina en función de la nacionalidad, excluyendo injustificadamente de la rectificación registral a las personas extranjeras. Junto a ello, no existe ninguna previsión sobre competencia judicial internacional ni sobre ley aplicable que, por analogía con el estado y el nombre, debería ser la ley nacional. La vertiente familiar mide el impacto de la autodeterminación de género en la capacidad matrimonial y en el establecimiento de la filiación, introduciendo correctivos a las leyes aplicables a estas cuestiones.
Gender self-determination has a personal aspect and a family aspect. The first has implications for the identification of the person and, to this end, Law 4/2023 has introduced a double system that discriminates based on nationality, unjustifiably excluding foreign persons from registration rectification. Along with this, there is no provision on international judicial jurisdiction or on applicable law which, by analogy with the state and the name, should be the national law. The family aspect measures the impact of gender self-determination on marriage capacity and the establishment of parenthood, introducing correctives to the laws applicable to these issues.
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