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La diligencia debida de las empresas y grupos de sociedades en materia de derechos humanos y medio ambiente: la Directiva (UE) 2024/1760, de 13 de junio

  • Autores: José Luis Monereo Pérez, Pompeyo Gabriel Ortega Lozano
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 129, 2024
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Decidida apuesta de la Unión Europea con la reciente Directiva sobre diligencia debida para que todas las empresas respeten los Derechos humanos, que son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. Por ello, se adopta la decisión de que las empresas que operan en el mercado interior contribuyan al desarrollo sostenible y a la transición hacia la sostenibilidad de las economías y las sociedades mediante la detección y, cuando sea necesario, priorización, prevención, mitigación, eliminación, minimización y reparación de los efectos adversos reales o potenciales para los Derechos humanos y el medio ambiente relacionados con las propias operaciones de las empresas, pero también de las operaciones de sus filiales y sus socios comerciales en las cadenas de actividades de las empresas, lo que queda establecido en la Directiva (UE) 2024/1760 que analizamos.


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