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La aplicación de la Convención de Viena a los contratos de distribución internacional

  • Autores: Javier Badenas Boldó
  • Localización: La Ley mercantil, ISSN-e 2341-4537, Nº. 117 (octubre), 2024
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      La distribución internacional es un motor fundamental para la economía globalizada, puesto que facilita el acceso a mercados globales, impulsa la diversificación de ingresos, promueve la transferencia de tecnología y conocimiento, y estimula la competencia e innovación. En consecuencia, la distribución, y por ende el contrato de distribución, desempeña un papel esencial en el crecimiento económico y el desarrollo a nivel mundial. Sin embargo, en España no existe una regulación específica de los contratos de distribución, por lo que el desarrollo jurisprudencial y doctrinal sobre este contrato tiene una gran importancia. Con el objetivo de intentar resolver esta atipicidad, el presente trabajo trata de abordar la posible aplicación de la Convención de Viena sobre contratos de Compraventa internacional del 11 de abril de 1980 a los contratos de distribución firmados entre partes de distinto país, habida cuenta que la CISG es un texto flexible que se aplica principalmente a contratos de compraventa y a los contratos mixtos de distribución. Además, la Convención de Viena es parte del Derecho interno de 97 Estados, lo que significa que más de dos tercios de la población mundial tienen un régimen jurídico común para los contratos de compraventa internacional de mercaderías.

    • English

      International distribution is a key driver for the globalised economy, as it facilitates access to global markets, drives income diversification, promotes technology and knowledge transfer, and stimulates competition and innovation. Consequently, distribution, and therefore the distribution contract, plays an essential role in economic growth and development worldwide. However, in Spain there is no specific regulation of distribution contracts, which is why the development of case law and doctrine on this contract is of great importance. With the aim of resolving this legal vacuum, this paper attempts to address the possible application of the Vienna Convention on Contracts for the International Sale of Goods of 11 April 1980 to distribution contracts signed between parties from different countries, taking into account that the CISG is a flexible text that applies mainly to sales contracts and mixed distribution contracts. Moreover, the Vienna Convention is part of the domestic law of 97 States, which means that more than two thirds of the world’s population have a common legal regime for contracts for the international sale of goods.


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