Málaga, España
El Tribunal Supremo ha determinado que el interrogatorio a los trabajadores de una empresa en la sede de ésta realizado de manera sorpresiva y enmarcado en un registro domiciliario supone una vulneración del derecho fundamental a un proceso con todas las garantías (artículo 24 CE). Por el contrario, ha descartado que esta actuación inspectora vulnere el derecho a la inviolabilidad del domicilio (artículo 18 CE), si bien no se trata de una cuestión pacífica como pone de manifiesto la existencia de un voto particular al respecto.
The Supreme Court has determined that the interrogation of a company’s workers at its headquarters, carried out in a surprise manner and within the framework of a home search, represents a violation of the fundamental right to a due process with all guarantees (article 24 EC). Likewise, it rules out that this inspection action violates the right to the inviolability of the home (article 18 CE), although it is not a peaceful issue as evidenced by the existence of a dissenting vote on the matter.
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