A través del Auto del Tribunal Supremo de 29 de junio de 2022, se plantearon dos cuestiones prejudiciales clave: la aplicabilidad del control de transparencia en acciones colectivas y la posibilidad de aplicar el criterio del consumidor medio en acciones colectivas con diversos tipos de consumidores. El TJUE abordó estas cuestiones en su Sentencia de 4 de julio de 2024. En este artículo, se analizan brevemente ambas resoluciones y se examina la posibilidad de que se esté avanzando hacia una concepción más subjetiva del control de transparencia.
Through the ATS of 29 June 2022, two key preliminary questions were raised: the applicability of the transparency control in collective actions and the possibility of applying the average consumer criterion in collective actions involving various types of consumers. The CJEU addressed these questions in its Judgment of 4 July 2024. This article analyses both decisions and examines the possibility of moving towards a more subjective conception of transparency control.
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