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La Administración puede declarar la responsabilidad solidaria de los agentes intervinientes en la ejecución de la obra cuando la construcción se arruine

  • Localización: Práctica urbanística: Revista mensual de urbanismo, ISSN 1579-4911, Nº. 189, 2024
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Declara el TS que en los supuestos en que la construcción se arruine con posterioridad a la expiración del plazo de garantía, y los defectos o deterioros en la construcción se deban a causas imputables directa e inmediatamente a los diferentes agentes, no cabe imponer a la Administración el deber jurídico de deslindar la responsabilidad atribuible a cada uno de ellos, cuando no es posible determinar el alcance de la que corresponde a cada uno.


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