La Iglesia ha enseñado desde la predicación de los Apóstoles que la autoridad civil goza de algunas de sus prerrogativas divinas, como juzgar y castigar los crímenes para servicio del bien común. Recogiendo la tradición de Israel y la práctica unánime de la Cristiandad durante XV siglos, papas, santos y místicos durante dos mil años así lo entendieron también, desde los Padres de la Iglesia o santo Tomás de Aquino y la escolástica, hasta el Concilio de Trento, pasando por el magisterio pontificio de todos los tiempos.
Si la tradición de la Iglesia y el magisterio pontificio han justificado siempre la licitud moral de la pena capital, no por ello han dejado de establecer severas condiciones que han desembocado en el magisterio de Juan Pablo II, pidiendo la renuncia de facto a un derecho legítimo de la autoridad civil, porque rara vez será necesaria la pena capital, aunque sin excluir de forma absoluta que lo sea en todas partes y para siempre.
La última reforma del Catecismo a propósito de la pena capital estaba prevista en el magisterio pontificio precedente, pero se ha deslizado aparentemente en su formulación hacia una condena absoluta de la pena capital con independencia de las circunstancias, que justificaban inicialmente la propia reforma.
© 2001-2026 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados