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La intervención telefónica del móvil de la pareja del investigado es válida si éste es usuario frecuente del mismo. Análisis de la STS 316/2024 de 16 de abril

  • Autores: María Dolores Pardeza Nieto
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 10537, 2024
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En esta sentencia el Tribunal Supremo desestima el recurso presentado por el condenado por un delito de robo perpetrado en una joyería de Madrid, entiende que la intervención telefónica prueba sobre la que recae el fallo condenatorio, es válida por ser la línea usada por ambos el investigado y su pareja.


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