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Resumen de Estudio de la posible lesión de los derechos de los niños en casos de protección infantil judicializados

María Luisa Santamaría

  • El sistema de protección infantil español es criticado por estar excesivamente administrativizado y, por consiguiente, poco judicializado. La denuncia social al respecto entiende que los derechos de los niños y de sus padres o familiares sufren vulneración por este hecho. Frente a ello, cabe decir que la legislación española contempla la impugnación de decisiones administrativas en materia de protección infantil a petición de algunos interesados, como el propio niño al que afecta la decisión, o sus progenitores o acogedores; sin embargo, los niños, por su propia condición, no suelen ejercer su derecho a impugnar, puesto que, en general, no disponen de ayuda jurídica para hacerlo. Por ello, existen casos de protección infantil que no alcanzan el ámbito judicial y otros que sí lo hacen. En este escenario, el presente artículo analiza si la protección de los derechos infantiles es distinta en uno u otro caso. Para ello se han examinado algunas resoluciones judiciales en que los particulares se enfrentan a la entidad pública de protección, observando que la influencia, tanto del contenido del expediente administrativo como de las declaraciones de los técnicos de la citada entidad, es tan decisiva en los fallos judiciales, que menoscaba la importancia de la documentación y los dictámenes de profesionales independientes aportados por la otra parte. En conclusión, para evitar este problema se requiere tanto una modificación legislativa como la práctica judicial.


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