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Los derechos de la naturaleza y su impacto en la Teoría General del Derecho

  • Autores: Lady María Andrade Hidrovo
  • Localización: Frónesis: Revista de filosofía jurídica, social y política, ISSN 1315-6268, Vol. 31, Nº. 1, 2024, págs. 6-28
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Desde los inicios de la civilización, el Derecho se ha desarrollado en base a esquemas lógicos construidos a partir de comportamientos y convicciones humanas, por lo tanto, es propio de cada Estado adoptar un modelo constitucional que represente los designios de la sociedad sometida a su jurisdicción. Debido a las influencias culturales provenientes de los pueblos indígenas, la Constitución de la República del Ecuador ha adoptado una postura biocentrista al reconocer a la naturaleza como sujeto titular de derechos. Desde luego, este acontecimiento generó preocupaciones en juristas y doctrinarios por las incoherencias conceptuales y normativas que se desataron luego de analizar los alcances normativos y pragmáticos de los derechos de la naturaleza. En el presente artículo se expondrán las principales pugnas que generaron los derechos de la naturaleza en a la Teoría General del Derecho y el posible direccionamiento hacia el entendimiento de estas. Se concluye que, a pesar de que, para muchos resulte fácil afirmar que los derechos de la naturaleza son una utopía en medio de los dogmas jurídicos que hoy conocemos y que impiden su adecuada institucionalización, no hay que desconocer que, en la actualidad, el paradigma biocéntrico está siendo aceptado por el Derecho Constitucional de Latinoamérica.


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