La Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre de 2000, (DMA), establece la metodología para la redacción de los planes gestión de cuenca en las distintas demarcaciones hidrográficas de los Estados miembros, la cual ha quedado transpuesta al ordenamiento jurídico español en el Texto Refundido de la Ley de Aguas, en el Reglamento de Planificación Hidrológica y en la Instrucción de Planificación Hidrológica. Esta nueva metodología supuso un cambio considerable en el enfoque en la planificación y gestión de los recursos hídricos en España. La comunicación propuesta tiene como objetivo exponer la problemática y el proceso seguido para su aplicación en la Demarcación Hidrográfica del Miño‐Sil , el establecimiento de los objetivos mediambientales en las distintas masas de agua y su seguimiento conforme al artículo 8 de la DMA, que establece que los Estados miembros dispondrán de programas de seguimiento del estado de las aguas con objeto de tener una visión general coherente y completa del mismo en cada demarcación hidrográfica. Aquí es donde entran en juego las redes de seguimiento y control de estado, además de las redes de control cuantitativo y su papel en la prevención de daños por inundaciones
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