Sevilla, España
En los juicios por delito leve en los que el denunciado comparezca al acto del juicio sin asistencia letrada no siendo ésta legalmente preceptiva, la necesidad de preservar el principio de igualdad de armas y la efectiva contradicción procesal puede desembocar, por exigencia constitucional, en el nombramiento de Abogado. El Tribunal Constitucional sostiene en un nuevo posicionamiento que esta exigencia debe determinarse atendiendo a las circunstancias concurrentes en el momento inicial del juicio.
In misdemeanor crime trials at which the accused appears without legal representation (which is not a legal requirement), the need to ensure the equality of arms principle and the effective procedural contradiction may lead to the appointment of an attorney, in accordance with constitutional demands. Taking a new stance, the Constitutional Court maintains that this requirement must be determined in consideration of the circumstances existing at the onset of the trial.
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