Los textos y el análisis contemporáneo sobre los Derechos Humanos, y en particular sobre el Derecho al Desarrollo, hacen referencia de forma reiterada a la responsabilidad de los Estados en la realización de dicho Derecho, al abogar por una necesaria cooperación internacional, liderada por los mismos estados y sus derivadas organizaciones intergubernamentales, que permita alcanzar los objetivos previstos. Sin embargo, el Derecho al Desarrollo, por su propia esencia, tiene ciertas características que convierten a la participación estatal, y a las características propias de esta participación, en una dificultad adicional más que en una determinante para poder alcanzar un desarrollo pleno tanto de los individuos como de las colectividades del Estado. En este artículo, se plantea subrayar dicha contradicción, así como encontrar una posible solución en la integración regional.
Contemporary documents and analysis about Human Rights, and particularly about the Right to Development, refer continuously to State responsibility in the realization of said Right, calling also to a necessary international cooperation, leaded by the States themselves and their derivative intergovernmental organizations, to reach the desired goals. However, the Right to Development, due to its own essence, has certain characteristics which convert state participation, and the characteristics of this participation, into an additional difficulty instead of into a determinant to reach a full development both individuals and the collectivities of the State. In this article, I desire to underline such a contradiction with the aim to find a possible solution in regional integration.
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