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Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 13 de febrero de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 1, Ponente: David Ordoñez Solís)

    1. [1] Universidad a Distancia de Madrid

      Universidad a Distancia de Madrid

      Madrid, España

  • Localización: Actualidad Jurídica Ambiental, ISSN-e 1989-5666, Nº. 145, 2024, págs. 113-115
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • Centrándonos en las cuestiones ambientales, el pronunciamiento de autos versa sobre impugnación de la Concentración Parcelaria de la zona de Villadestre-Villaoril por omisión del trámite de evaluación de impacto ambiental según lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

      La defensa argumenta que la evaluación ambiental fue considerada innecesaria tras un análisis detallado, basándose en la documentación y consultas pertinentes, que concluyeron que el proyecto no tendría efectos significativos sobre el medio ambiente. Además, se menciona que se tomaron en consideración medidas preventivas y correctivas durante la ejecución del proyecto para proteger el medio ambiente y la calidad de vida de las comunidades cercanas.

      A los anteriores efectos, se menciona la resolución del 19 de marzo de 2019 de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, que estableció que, si bien el proyecto no requiere una evaluación completa, sí se implementarán medidas para minimizar cualquier impacto ambiental.


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