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Resumen de El derecho al procedimiento administrativo debido y el respeto al principio de imparcialidad en el nombramiento de expertos: Intrahistoria —con decisión del Tribunal General y del TJUE mediante (1) — del procedimiento de evaluación de la solicitud de autorización de comercialización del medicamento «Hopveus» por la EMA

Jorge Murillo Ballell

  • En el seno del procedimiento centralizado de evaluación de la autorización de comercialización del medicamento «Hopveus», instando frente a la Agencia Europea del Medicamento («EMA»(*)) por la compañía farmacéutica D&A Pharma, el Comité de Medicamentos de Uso Humano («CHMP(**) o el Comité») de la EMA resolvió desfavorablemente por medio de Informe inicial. Ante el posterior procedimiento de reexamen del Informe inicial instado por D&A Pharma, donde esta última había solicitado la convocatoria del Grupo Científico Consultivo («GCC») de psiquiatría para que participara en el asesoramiento científico-técnico al CHMP, el Comité optó por no atender dicha petición y nombró en su lugar —para tal función consultiva— a un grupo de expertos ad hoc, donde dos de los expertos (Expertos A y B) habían declarado intereses contrapuestos que podían llegar a cuestionar su imparcialidad, aflorando un potencial conflicto de intereses.


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