México
Utilizar el término “Justicia” puede llevarnos a una polisemia. Sin embargo – principalmente en el mundo anglosajón – existen connotaciones del término que se refieren a aspectos de justicia distributiva: Cómo repartir las cargas, obligaciones, derechos y prerrogativas al interior de la sociedad para poder referir un reparto “justo” de responsabilidades. Utilizar un criterio o métrica para dicha distribución se torna relevante. John Rawls y Amartya Sen, han sido dos autores de referencia cuando se trata el tema relativo a la métrica de la justicia y han desarrollado sus planteamientos de manera muy completa. Por otra parte; en el contexto de las teorías de los Derechos Humanos y Derechos Fundamentales, el concepto de bienestar y calidad de vida vinculado al de ingreso mínimo vital empalma en cuanto a contenido material con los criterios distributivos señalados. Para ambos dominios un aspecto significativo es el objeto de cada modelo; ambos se ocupan de problemas similares, pero parten de presupuestos distintos. La tesis que sostengo en el presente ensayo es que existen puntos de coincidencia que permiten presentar una propuesta que vincule los criterios orientativos de Teorías de Justicia y Teorías de Derechos Humanos y Derechos Fundamentales para que formen parte de una Constitución.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados