Se analiza el reconocimiento formal, a través de la Ley orgánica general penitenciaria, de la condición de agentes de la autoridad a los funcionarios de prisiones y que tiene como efecto más importante declarar una realidad preexistente. Es decir, la aprobación de esta modificación no constituye nada nuevo, sino que reconoce una realidad previa, de hecho, las propuestas no otorgan a los cuerpos de funcionarios de prisiones ninguna atribución y/o potestad nueva. Esta condición de agente de la autoridad, una vez reconocida formalmente, si tiene como efecto aumentar el grado de responsabilidad del funcionario que lo emite, en cuanto a la veracidad de los hechos recogidos en el informe, denuncia o acta pública que emita.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados