En la voz de los constitucionalistas, el espíritu de la Constitución Política de 1917, residió principalmente en los Artículos 3°, 27 y 123, materializando de las aspiraciones populares en un acto de justicia que respondió a las carencias históricas de las mayorías. A casi 100 años de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cabe analizar la vigencia y la subsistencia de los principios que dieron vida a temas temas torales en las polémicas de los representantes populares, para configurar aspectos esenciales de protección a la ciudadanía por parte del Estado Mexicano.
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