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Resumen de De la rescisión, la resolución, revocación y la nulidad del contrato como formas de concluirlos: Roberto Sanromán Aranda

Roberto Sanromán

  • Los contratos tienen un lapso de vida al cabo del cual se dan por concluidos, ya sea de manera normal y ordinaria por cumplimiento del término, por acuerdo de los contratantes o por motivos supervenientes, como puede ser la rescisión, la resolución, revocación y la nulidad del contrato, causas especiales en las que se concluyen los contratos y que como consecuencia producen efectos jurídicos que pueden dañar a las partes contratantes con el pago de los daños y perjuicios o una indemnización.Son figuras jurídicas que deben ser diferenciadas para poder conocer su alcance y los mismos efectos que produzcan.No hay olvidar que lo principal es la conservación del contrato, pero cuando no es posible su extinción será inminente y mientras que sean menores los daños que se causen y existan prevenciones en su conclusión, será mejor para las partes contratantes, e incluso para los terceros que pudieran verse afectados ante lamentable situación.


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