Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Resumen de Transición justa en la mitigación al Cambio Climático. Comentario a la sentencia de la Corte Suprema en recurso de protección rol N°25.530-2021, de 9 de agosto de 2021

Pilar Moraga Sariego

  • Tres sindicatos que representaban 111 trabajadores interpusieron una acción de protección constitucional en contra del Ministerio de Energía por la modificación al “Reglamento de Transferencias de Potencia entre Empresas Generadoras establecidas en la Ley General de Servicios Eléctricos” (Decreto N°42/2020 del Ministerio de Energía). La nueva regulación nace producto del Plan o Proceso de Descarbonización del Sector Energético de Chile, que busca alcanzar la carbono neutralidad del país al año 2050, para lo que se inició un proceso de cierre y reconversión programada y gradual de centrales de generación eléctrica en base a carbón.

    Los sindicatos reclaman que un 77,5% de sus afiliados presta servicios exclusivamente a la producción de energía en base a carbón y que este proceso olvidó adoptar medidas a favor de los/as trabajadores/as vinculados de manera estrecha o que dependen directamente de esta forma de generación eléctrica, cuestión que vulnera los derechos constitucionales a la igualdad, al trabajo, a la sindicalización y a la propiedad, motivo por el que solicitan la suspensión de los efectos de la nueva regulación, hasta que se dicte una política de transición justa que los/as integre.

    El Ministerio de Energía informó que el sector energético en Chile es responsable del 78% de las emisiones de gases con efecto invernadero, motivo por el que el decreto impugnado es trascendental para el cumplimiento de las metas de mitigación. Concordante con los compromisos internacionales y para lograr un desarrollo sustentable, agrega que el esfuerzo de la cartera se ha concentrado en la reducción de emisiones, cuestión por la que -entre otras- constituyeron la “Mesa de Descarbonización” que analiza el retiro de unidades termoeléctricas y que cuenta con participación pública y privada (ONGs, sindicatos, universidades, entre otras), instancia en la que se abordaron temas como el impacto en: salud, calidad de aire, relaciones sociales, continuidad del servicio eléctrico o consecuencias laborales. Como resultado de ésta y otras instancias, diversos Ministerios están elaborando la Estrategia de Transición Justa, como parte de los compromisos de la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) que Chile presentó el año 2020. Precisa que todos estos instrumentos desarrollados en paralelo, recogen como uno de sus pilares a las personas vulnerables que, para el caso de trabajadores/as se traduce en la creación de empleos verdes, para lo que ya han organizado cursos, capacitaciones y talleres.

    En primera instancia, la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó la acción considerando que la dictación del Decreto es parte de la potestad reglamentaria entregada constitucionalmente al Ministerio, el que además fue controlado en su legalidad por la Contraloría General de la República. Agrega que el vínculo de trabajo no es con el Ministerio de Energía, sino que su estabilidad laboral depende de sus empleadores y si estos se acogen al proceso voluntario de cierre, para lo que la normativa cuestionada solo establece directrices. Concluye que no existe un vínculo directo entre el reglamento impugnado y los derechos constitucionales invocados, los que dependen del empleador y no del regulador.

    La Corte Suprema revoca esta sentencia y acoge el recurso solo en cuanto ordena a las carteras ministeriales respectivas, implementar en breve plazo un plan que para garantice una transición justa hacia una economía ambientalmente sostenible, que entre otras, resguarde los derechos de los trabajadores y complemente la estrategia de retiro de centrales termoeléctricas.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus