Sevilla, España
Las garantías de los derechos relativos a la privacidad en la era de la comunicación digital exigen una coordinación internacional de sistemas normativos territoriales. Las empresas tecnológicas tienen un especial protagonismo en este campo, sobre todo cuando las leyes de diferentes estados funcionan con criterios dispares y sin atender a los efectos de la extraterritorialidad. Es el caso de las garantías del secreto de las comunicaciones en Europa y en Estados Unidos. La problemática se ilustra en este trabajo bajo el pretexto de una revisión del asunto Microsoft Corp. vs. United States.
In this Digital-era, privacy rights must be protected through international cooperation, meaning coordination between legal systems. Technology companies are in the middle of this issue, especially when legal rules differ from one state to another disregarding extraterritorial effect. This is the case with confidentiality of communications in the European Union and the United States. This problems is presented in this article through a reflection on the Microsoft Corp. vs. United States case.
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