La interrelación del Derecho Administrativo con el Derecho Tributario cobra hoy en día a nivel internacional una marcada importancia, debido a las reformas legislativas acaecidas en materia administrativa y tributaria. Las cuales adoptan como fuente el principio universal de que todos los actos de la Administración han de ser conforme a Derecho. Razón por la cual existe una concatenación entre estas dos ramas del Derecho mediante la cual surge una categoría denominada Actos Administrativos Tributarios. Estos actos administrativos acogidos a la categoría de puros rigen en la materia tributaria y tienen efectos jurídicos propios. Además, están dirigidos a la sustitución, modificación, anulación, o extinción de una situación jurídica, en correspondencia con la pretensión ostentada. Cabe señalar referente a estos, su constitución como actos reglados, debido a la facultad atribuida en ley a la Administración, mediante la cual se le faculta para interpretar y aplicar la ley a través de la cual se impone una obligación.
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