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¿Existe potencialidad del servicio en la tasa-arbitrio?

    1. [1] Universidad Nacional Mayor de San Marcos

      Universidad Nacional Mayor de San Marcos

      Perú

  • Localización: Quipukamayoc, ISSN-e 1609-8196, ISSN-e 1609-8196, ISSN 1560-9103, ISSN 1560-9103, Vol. 18, Nº. 35, 2011, págs. 17-21
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • There potential of service rate - will?
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La dialéctica o contradicción del tributo, en su esencia más abstracta, podría formularse de este modo: el tributo presupone la propiedad privada, porque sólo puede tributar el propietario de bienes raíces, de bienes muebles o de bienes indeterminados, expresados en papel moneda, es decir el sujeto del “hecho imponible”; pero al mismo tiempo, pone en tela de juicio (y desde luego, limita y recorta en la práctica) el mismo núcleo de la propiedad privada, gracias al cual la institución del tributo existe y puede seguir existiendo(1). Esta reflexión, desarrollada en el plano filosófico, nos permite percibir que la institución denominada tributo, también es de interés de quienes se mueven en este complejo territorio. En nuestro país, El Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF (publicado el 19 de Agosto de 1,999) ha optado por la clasificación tripartita, para efectos de desarrollar el concepto de las especies tributarias, es así que, según el la Norma II del Título Preliminar reconoce: Impuesto, Contribución y Tasa. Esta última se subdivide en: Arbitrios, Derechos y Licencias. 1 BUENO OVIEDO, Gustavo, El tributo en la Dialéctica sociedad Política/Sociedad Civil. El Basilisco, 2ª época, Nº 33, páginas 3-24.

    • English

      The dialectic of the tribute or contradiction in its abstract essence, could be formulated as follows: the tax presupposes private property, because only the owner may be taxed as real estate, personal property or of indefinite assets expressed in paper money is that the subject of "taxable event" but at the same time, it puts into question (and of course, limits and cuts in practice) the very core of private property, through which the institution of the tax exists and may continue exist. This reflection, developed at the philosophical level, we can perceive that the institution called the tribute is also of interest to those who move in this complex area. In our country, the Consolidated Text of the Tax Code, approved by Supreme Decree N º 135-99-EF (published on August 19 of 1,999) chose the tripartite classification for purposes of developing the concept of species tax is so, according to Rule II of the introduction acknowledges, Tax, Tax and Rate. The latter is subdivided into: Means, Rights and Licenses.


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